“La aspiración que ahora Chile manifiesta extemporáneamente contradice la letra y el espíritu del Tratado de Paz y Amistad de 1984, manifestando una vocación expansiva que la Argentina rechaza”, aseguró este mediodía el canciller Felipe Solá ante la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto del Senado, presidida por Adolfo Rodríguez Saá.
En la reunión, de la que también participó el secretario de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur, Daniel Filmus y que culminó con una posición unánime de oficialismo y oposición de rechazo a la pretensión chilena, Solá remarcó que según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) la zona económica exclusiva abarca tanto la columna de agua, como el lecho y el subsuelo marino, por lo tanto, «Chile no puede pretender proyectar su soberanía en ninguno de esos ámbitos marítimos (aguas, lecho y subsuelo) más allá de los límites acordados en el artículo 7 del mencionado Tratado de 1984”.
Acompañado por la coordinadora general de la Comisión Nacional de Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA), Frida Armas Pfirter, y el director general de Consejería Legal Internacional de cancillería, Holger Federico Martinsen, el canciller puntualizó que la pretensión chilena resulta contraria al artículo 7 del Tratado de 1984 que establece que “al sur del punto final del límite (llamado punto F), la Zona Económica Exclusiva de Chile se prolongará hasta la distancia permitida por el derecho internacional. El artículo es muy claro y menciona lo que sucede al sur del punto F, y no se detiene allí, sino que le dice a Chile que puede tener una zona económica exclusiva al oeste, no al este”.
Recordó que “la conducta de Chile desde 1984 hasta mayo de 2020, es decir durante 36 años, resulta plenamente concordante con la interpretación que la Argentina ha formulado del Tratado de Paz y Amistad de aquel año 84. Ese país dispuso de numerosas oportunidades tanto a nivel bilateral como multilateral para expresar su desacuerdo en forma específica y, contando con toda la información para ello, optó por no hacerlo, con los efectos que eso conlleva. En ningún momento desde la celebración del referido Tratado hasta mayo de 2020, Chile hizo planteo alguno que siquiera se parezca al actual”.
Daniel Filmus, por su parte, exhibió la necesidad de que una resolución de la Comisión refleje “la posición del conjunto de las fuerzas políticas de la Argentina y que la mirada que se tendrá no es patrimonio de un gobierno sino es patrimonio de una política de Estado”.
Dijo estar de acuerdo con los distintos proyectos presentados en la Comisión desde diferentes espacios y agregó que “con el canciller Felipe Solá confiamos en la capacidad de síntesis para lograr un proyecto de consenso en la Comisión que después discuta la sesión del Senado cuando corresponda”. “Hay unanimidad en las fuerzas políticas argentinas con respecto a la respuesta a la pretensión chilena”, agregó.
Además, destacó la labor de la Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA), dependiente de la Cancillería argentina, por el “gran trabajo realizado durante tantos años” para la presentación en la ONU, que permitió finalmente la fijación del límite exterior de la plataforma continental reflejada luego en la Ley Nacional 27.557, aprobada en 2020 por unanimidad en ambas Cámaras del Congreso.
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