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El Consejo de Europa pidió prohibir las tecnologías de reconocimiento facial para evitar riesgos de discriminación

El Comité consultivo del Convenio de Protección de Datos publicó unas directrices en las que se pronunció a favor de su eliminación cuando el propósito de las mismas es determinar el color de piel, la religión, el sexo, la raza, el origen étnico o informaciones sobre el estado de salud

La tecnología de reconocimiento facial aplicada a personas es reciente y actualmente sólo se aplica en tres ciudades de China

El Comité consultivo del Convenio de Protección de Datos del Consejo de Europa recomendó que se prohíban “algunos usos de tecnologías de reconocimiento facial” para “evitar cualquier riesgo de discriminación”.

Con ocasión del Día Internacional de Protección de Datos, el comité publicó este jueves unas directrices en las se pronunció por la prohibición cuando el propósito de esas tecnologías es determinar el color de piel, la religión, el sexo, la raza, el origen étnico o informaciones sobre el estado de salud.

Consideró que no deberían estar autorizadas “a menos que la ley prevea medidas adecuadas de salvaguardia”.

Según los expertos de la organización paneuropea, los creadores y fabricantes de ese tipo de programas “deben garantizar que los datos de reconocimiento facial sean precisos, especialmente para evitar un etiquetado incorrecto que dé lugar a discriminación demográfica”.

El reconocimiento facial es una tecnología que las autoridades en Estados Unidos quieren aplicar en la totalidad de sus aeropuertos (Foto: Twitter)

En cuanto a los organismos que los utilizan, aseguraron que deben actuar de modo “transparente y justo”, ante la posibilidad de que sean usados sin la cooperación de las personas cuyos datos se recopilan.

El comité señaló que “no se debe permitir que las empresas privadas utilicen el reconocimiento facial en entornos no controlados, como los centros comerciales”, con fines de mercadotecnia o seguridad privada.

Su uso sólo debería permitirse “en entornos controlados con fines de autentificación o categorización”, como el acceso a un concierto con entradas VIP.

Para el comité, los legisladores deben establecer normas “precisas” para que las autoridades usen esa tecnología y creen bases de datos con “propósitos específicos, legítimos y explícitos”, como la sospecha de delitos graves.

Los expertos del Consejo de Europa “recomiendan encarecidamente” que esa tecnología para identificar a una persona se use exclusivamente con fines policiales y respetando los criterios de necesidad y proporcionalidad.

El Comité del Convenio de Protección de Datos, conocido como Convenio 108 y puesto en marcha hace 40 años, reúne a expertos de los 55 Estados suscritos. Además de los 47 países del Consejo de Europa, son miembros México, Argentina, Uruguay y Marruecos, entre otros.

Fuente: Efe, Infobae

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