En el Decreto 949/2020, los artículos 1° y 4° muestran con claridad que, en este nuevo proceso licitatorio de Dragado y Balizamiento de nuestro Río Paraná, se continúa beneficiando los puertos uruguayos, porque ordena mantener los canales Punta Indio que direcciona a Montevideo y el Paraná Bravo que direcciona a Nueva Palmira.
Por lo tanto, la carga que origina la producción argentina es transportada por convoyes de bandera paraguaya para ser exportada por puertos uruguayos.
Comentarios